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Luz verde del Congreso a la reforma que liga las pensiones al IPC y sube las cotizaciones

► Habrá castigos al retiro anticipado y se prohíbe la jubilación forzosa con menos de 68 años

M. CUESTA / S. ALCELAY MADRID

El Congreso dio ayer luz verde a la primera pata de la reforma de las pensiones, una de las principales normas que condicionan la llegada de los fondos europeos, que nace sin el consenso de los empresarios y entre duras críticas de la oposición. La ley llegó al Pleno tras superar hace dos semanas el trámite exprés impuesto por el Gobierno –y que levantó el malestar de muchos grupos parlamentarios– al sumar a los votos de PSOE y Unidas Podemos, los de Esquerra Republicana, el PNV y la abstención de EH Bildu.

La ley deroga los pilares de la reforma de 2013, recupera la vinculación de las nóminas con el IPC y deroga el factor de sostenibilidad. Como alternativa el ministerio que dirige José Luis Escrivá impone el mecanismo de equidad intergeneracional, que lleva aparejado un aumento de 0,6 puntos en las cotizaciones durante diez años a partir de 2023 para lograr llenar la llamada ‘hucha de las pensiones’ y tener un colchón con el que afrontar el mayor gasto que se prevé con la llegada a la jubilación de los ‘baby boomers’. Tras la aprobación de esta norma, el Ejecutivo comenzará a negociar la segunda parte de la reforma, con más subida de impuestos y aumento del periodo de cómputo.

Poder adquisitivo garantizado

Se garantiza la revalorización con el IPC después de derogar el índice de revalorización de la reforma de 2013 que obligaba a subir las nóminas solo un 0,25% si las cuentas no estaban equilibradas.

Penalizaciones a las prejubilaciones

Retirarse antes de tiempo tendrá un coste para el trabajador. El diseño de los coeficientes reductores se endurece para los que jubilen 24 o 23 meses antes del límite legal y alcanzará el 21% (la rebaja de la pensión es ahora del 16%) y a partir de ahí el castigo desciende en algunos casos. Por ejemplo, quien deje el mercado laboral 22 meses antes de su edad legal de jubilación verá que su pensión mengua en un 14,67% y no en el 16%. El esquema se repite entre quienes han cotizado durante más tiempo, aunque con menores penalizaciones. Así, a quienes han cotizado entre 38,6 años y 41,6 años se les aplicaría un coeficiente reductor del 19% en el mes 24 y del 16,5% en el 23, frente al 15% actual en el trimestre correspondiente.

Premios de 12.000 euros por demorar la jubilación

Habrá nuevos incentivos monetarios para quien siga trabajando más allá de la edad legal de jubilación. Recibirán una prima que se abonará de una sola vez de hasta casi 11.000 euros (en el caso de 37.567 euros de pensión) por cada año de retraso. En el caso de que el trabajador haya cotizado al menos 44,5 años o más, este incentivo alcanzaría los 12.060 euros por cada año de aplazamiento. Así, por ejemplo, en una pensión de 9.569 euros (683 euros al mes) este pago único sería de 4.786 euros y de 5.264 con más de 44,5 años cotizados. Mientras que en una pensión media de 20.000 euros al año, esta prima única sería de 7.482 y 8.230 euros, respectivamente en función de los años cotizados. La norma dará opción al trabajador de elegir esta fórmula o también optar por un aumento del 4% de la base reguladora de su pensión por cada uno de estos años que retrase su retiro (en la actualidad este incentivo está entre el 2% y el 4%). Podrán mezclar las dos posibilidades, una parte en pago único y otra como alza de la pensión vitalicia.

Refuerzo de los ingresos

La reforma consagra por ley el refuerzo de los ingresos de la Seguridad Social a través de los Presupuestos Generales del Estado. Se establecen transferencias anuales para la financiación de beneficios y exenciones en cotizaciones, complementos y prestaciones de carácter social, identificados como gastos asumidos de forma impropia en el sistema.

Viudedad y parejas de hecho

Se amplía el acceso a la pensión de viudedad a las parejas de hecho y el reconocimiento de un complemento a la pensión para carreras de cotización de 40 años que no alcancen 900 euros.

Jubilación forzosa

Se prohíben las cláusulas de jubilación forzosa en los convenios para menores de 68 años. Solo será legal para sectores en los que las mujeres representen menos del 15% de los ocupados y siempre que, además, se cumplan dos condiciones. La primera, que la baja laboral deberá llevar aparejada la contratación indefinida y a tiempo completo de al menos una mujer y, la segunda, que la persona jubilada tenga derecho a cobrar el cien por cien de la pensión.

Mínimas ligadas al SMI

En el plazo máximo de un año el Gobierno establecerá reglas para acompasar la evolución de las pensiones mínimas al SMI.

ECONOMÍA

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2021-12-03T08:00:00.0000000Z

2021-12-03T08:00:00.0000000Z

https://lectura.kioskoymas.com/article/282016150609890

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