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El Supremo amplía fuera del periodo electoral la prohibición de los símbolos partidistas

ÀLEX GUBERN BARCELONA

Las administraciones públicas deben abstenerse de utilizar símbolos y banderas no oficiales en cualquier momento, y no sólo durante los periodos electorales. Así lo sostiene el Tribunal Supremo en un auto conocido ayer en el que rechaza el recurso de casación interpuesto por el abogado de la Generalitat y confirma una sentencia anterior en la que se ordenaba al presidente catalán Quim Torra retirar, en 2019, un lazo amarillo y una pancarta con el lema ‘Llibertat presos polítics y exiliats’, en catalán y en inglés, del balcón del Palau de la Generalitat.

El fallo del Alto Tribunal extiende a cualquier momento, también fuera de periodo electoral, el deber de neutralidad por parte de las instituciones públicas, una obligación ignorada por muchos ayuntamientos catalanes, que colocan banderas ‘esteladas’ o pancartas de contenido político en las casas consistoriales y en otros espacios públicos, tal y como ha constatado ABC.

ESPAÑA

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2023-03-28T07:00:00.0000000Z

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https://lectura.kioskoymas.com/article/281831467988145

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