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La Fiscalía archivó en julio la incomparecencia en el Parlament de nueve cargos públicos

Entre los ausentes en la comisión del ‘caso Pegasus’ estaban Sánchez y el juez Pablo Lucas

À. P / C. S. BAQUERO, Reyes Rincón.

La Fiscalía archivó en julio la notificación de la Mesa del Parlament de la incomparecencia en la comisión de investigación del caso Pegasus —sobre el espionaje a dirigentes independentistas— de nueve cargos públicos, entre ellos el presidente Pedro Sánchez y el juez del Tribunal Supremo Pablo Lucas —el encargado del control judicial del CNI, y por tanto de autorizar los pinchazos telefónicos—.

La Mesa denunció también la doble incomparecencia en dos sesiones consecutivas en calidad de testigos de las siguientes personas: Teresa Cunillera, exdelegada del Gobierno en Cataluña; la ministra Margarita Robles; el de Interior Fernando Grande-Marlaska; la exvicepresidenta Carmen Calvo; las vicepresidentas Nadia Calviño y Yolanda Díaz y el fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz. El reglamento del Parlament, con rango de ley, prevé que la Mesa informe a la Fiscalía de las incomparecencias por si se derivan responsabilidades penales.

Pablo Lucas recibió un primer requerimiento del Parlament en febrero, según avanzó ayer El Mundo. Según fuentes del alto tribunal, en el escrito, firmado por la vicepresidenta de la Cámara, Alba Vergés, se informaba al juez de que había sido citado para que aportara su testimonio sobre el presunto espionaje y se le advertía de que, en el caso de no acudir, podría incurrir en un delito de desobediencia, informa

El magistrado, en su respuesta, invocó dos normas para justificar su decisión de no acudir. La primera, el artículo 399 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que fija que las autoridades civiles y militares “se abstendrán de intimar a los Jueces y Magistrados y de citarlos para que comparezcan a su presencia”, y que

cuando se trate de “auxilio o cooperación por razón del cargo o de la función jurisdiccional” esta comparecencia se prestará, “salvo que el acto a ejecutar no esté legalmente permitido o se perjudique la competencia propia del Juez o Tribunal”. Lucas también citaba el artículo único de la ley que regula el CNI, que establece que el magistrado encargado del control judicial del centro nacional de inteligencia “dispondrá lo procedente para salvaguardar la reserva de sus actuaciones, que tendrán la clasificación de secreto”. El magistrado puso ambos escritos del Parlament en conocimiento del presidente en funciones del Supremo, Francisco Marín Castán, quien, a su vez, lo comunicó a la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial.

ESPAÑA

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2023-12-06T08:00:00.0000000Z

2023-12-06T08:00:00.0000000Z

https://lectura.kioskoymas.com/article/281767043995294

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