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El Cabildo multa a Buenavista por verter sin permiso aguas negras

El Consejo Insular de Aguas estima que la EDAR del municipio no cuenta con las autorizaciones administrativas pertinentes y fija en más de 60.000 euros la sanción

N. T.

„ El Consejo Insular de Aguas estima que la EDAR del municipio no cuenta con las autorizaciones administrativas pertinentes.

El Consejo Insular de Aguas de Tenerife (Ciatf) ha concluido que la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) del Ayuntamiento de Buenavista del Norte no cuenta con la autorización administrativa necesaria para depurar y verter aguas residuales al subsuelo, algo que viene haciendo desde su puesta en funcionamiento, motivo por el que ha procedido a imponer una sanción que supera los 60.000 euros. El Ciatf también exige al Consistorio que elabore un plan de etapas destinado a la regularización tanto de la instalación como del tratamiento y vertido de las aguas residuales.

El expediente abierto al municipio data de 2019 y la resolución del mismo, una vez agotados los distintos plazos del proceso administrativo, ha concluido con la imposición de una multa por el importe señalado, y que se apoya en la comisión de dos infracciones administrativas continuadas. La primera, considerada leve, de poco más de 200 euros, se impone por realizar la depuración sin la autorización administrativa previa, y la segunda, en este caso tipificada como muy grave, es por verter las aguas residuales procedentes de la depuración de forma directa al subsuelo, también sin autorización, y produciendo daño al dominio público hidráulico.

La resolución del Consejo Insular de Aguas, de fecha 20 de octubre de 2021, ha sido comunicada al Ayuntamiento de Buenavista, institución que tiene 10 días para presentar las alegaciones que estime oportunas. En esa comunicación, también se recoge que el Consistorio de Buenavista del Norte, como titular de las instalaciones para tratamiento y vertido de aguas residuales objeto del expediente sancionador, causantes de un vertido no autorizado al subsuelo y no susceptible de legalización, deberá establecer y remitir al Ciatf un plan de etapas en el que se recojan las mejoras y actuaciones técnicas, y de otra índole, encaminadas a lograr la correcta depuración de las aguas residuales generadas en el núcleo de Buenavista del Norte, con carácter previo a su vertido al subsuelo.

Y es que, aunque dada la gravedad de una de las infracciones, que conllevaría la suspensión inmediata de la actividad que da origen al vertido, la imposibilidad de llevar a cabo esa suspensión al tratarse del sistema de depuración de aguas residuales de los vecinos, se exige la puesta en marcha de ese plan de etapas que legalice la EDAR y garantice la eliminación de los vertidos. En el caso de que el municipio decida no presentar alegaciones y abonar la sanción, se le reduciría la multa el 20%.

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2021-10-28T07:00:00.0000000Z

2021-10-28T07:00:00.0000000Z

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